Equiparación de laboral indefinido a fijo en las administraciones públicas

Buenos días, mi pregunta es la siguiente, se puede equiparar un laboral indefinido no fijo por sentencia, a un laboral fijo en la administración pública?
Me explico un poco, como en la legislación estoy un poco en el limbo, se adoptan acuerdos tanto de retribuciones, condiciones laborales, etc... Como no hablan de forma especifica, que hablan de temporales o fijos, no se a que atenerme, y tampoco donde puedo conseguir esta información. Podrían orientarme un poco?

Gracias.

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Contestado

Esa distinción entre laboral fijo e indefinido en la Administración pública no se establece en la ley, sino en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual, la situación de indefinido se adquiere por reconocimiento judicial y, a diferencia del fijo, no tiene plasmación en la RPT (relación de puestos de trabajo).
En la práctica, la relación laboral es idéntica, salvo en el ejercicio de determinados derechos (excedencia, concursos, etc), que se les suele equiparar a temporales (aunque depende de la Administración).
Quedo a su disposición.
Jesús Villodre

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