¿Está obligada a justificar el gasto de la manutención?
supongo que las entregas las realiza mediante ingreso en cuenta o recibo firmado, sino no podría el ex-marido justificar ningún pago, lo que tiene que hacer es denunciar ya sea vía civil o penal ( abandono de familia) , aportando la sentencia de divorcio donde se establece la cuantía dela pensión,no tiene que justificar en gasta la pensión , es necesario para interponer la demanda por vía civil realizar la demanda con abogado y procurador, que si carece de medios económicos podrá solicitar de oficio en el Colegio de Abogados, aunque aquí en Tenerife , se esta dilatando meses la concesión. Si lo cree oportuno póngase en contacto con este despacho.-
como no dice nada en su escrito, supongo que la pensión es para ella y no una pensión para sus hijos , la pensión concedida en tanto no sea modificada judicialmente es una obligación y el ex- tiene obligación legal de pagarla, salvo que demuestre tras una demanda de modificación de medidas, que no puede hacerlo por la causa que sea. Respecto a la justificación , si es para los hijos estos lógicamente deberán estar atendidos.
Diaz-Plata Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes, lo que debería hacer es acudir a un abogado para la reclamación de las cantidades adeudadas durante esos 4 años (la diferente entre lo que le ha pagado y lo que por sentencia le debía haber abonado). Ella no tiene porque justificar nada puesto que el menor tiene unos gastos que ella cubre con ese dinero.
Si desea ampliar consulta no dude en contactar nos sin compromiso
Díaz-Plata Abogados
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
No. No tiene obligación de justificar los gastos. Se presupone que asumiendo ella el cuidado del menor, la pensión se destina a esa finalidad.
La cuantía de la pensión sólo podrá ser modificada por resolución judicial a instancia del excónyuge si éste acredita de forma fehaciente un cambio o una merma sustancial en su nivel de ingresos.
Quedo a su disposición.
Jesús Villodre
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
Debe cubrir las necesidades del chico. El dinero se confunde al meterlo en la cartera. Un saludo.
En absoluto, solo ejecutar la sentencia por impago.