Hay posibilidad de régimen de visitas a mi hijo. ¿Aunque no lleve mis apellidos?

Buenas noches,mi pregunta es acerca de mi hijo,tiene cuatro años y al no tener ninguna relación con su madre cuando nació, ella le dio sus apellidos.Hemos podido verlo durante algunos años ,pero ahora su madre me niega poder verle.Mi pregunta es la siguiente. ¿Podría pedir la paternidad al niño y así poder tener un régimen de visitas?Muchas gracias

Respuestas de otros profesionales:
Basic
leYel Abogados

leYel Abogados

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Laboral

VER PERFIL
Contestado

Buenos días,

Para solicitar un régimen de visitas a su favor, en primer lugar Usted tiene que tener reconocida la paternidad del niño. Para eso, puede hacerse mediante un simple trámite administrativo si la madre está de acuerdo, o presentando una demanda de filiación en caso contrario. En este último supuesto habría que presentar pruebas que demuestren que Usted es el padre del menor, siendo muy recomendable una prueba biológica y es muy probable que hubiera que ir a juicio.

Tras esto, si se obtiene una sentencia favorable, una vez tenga Usted reconocida la paternidad del menor, podría plantearse el presentar una segunda demanda para establecer un régimen de visitas con su hijo.

Muchas gracias por su pregunta. Esperamos haberle resuelto su duda.

Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Si no reconoce a su hijo y figura en el Registro Civil como su padre, no puede pedir la fijación de ninguna medida, por lo que lo primero que tiene que hacer es reconocerlo. Ahora bien, si una vez que haya reconocido a su hijo no logra convencer a la madre para fijar de mutuo acuerdo unas medidas, tendrá que solicitarlas por medio de abogado y procurador en el correspondiente procedimiento judicial, si bien no sólo se decidirá sobre su derecho a ver a su hijo, sino también sobre la obligación de pagar una pensión cada mes por alimentos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado