He dado el preaviso de baja voluntaria y no me quieren pagar

-Tipo de contrato: de obra y servicio por un año (firmado) que se ha convertido "supuestamente" en indefinido (pero no lo he visto ni firmado)
-Tengo nóminas firmadas y transferencias realizadas de su parte
-He dado el preaviso de baja voluntaria personalmente y vía e-mail, pero me han dicho que no vaya más y no me quieren pagar esos días. Argumentan que ellos no necesitan preavisos y que no pueden pagarme días que no he trabajado.
-Además me deben vacaciones y comisiones

El contrato no especifica nada pero tengo entendido que si es así se debe regirse por la Ley, que habla de 15 días de preaviso.
Cómo puedo cobrar lo que me corresponde?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
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Efectivamente, debes dar un preaviso si así lo prevé el convenio colectivo, que puede ser de 15 días, pero dependiendo del puesto de trabajo puede ser mayor. Por ejemplo, un mes. Si no respetas ese preaviso, te podrían descontar de tu liquidación el equivalente en salario a esos días.
Durante ese período sigues trabajando en la empresa, o bien, si así lo pactáis ambas partes, puedes disfrutar de tus vacaciones. Si la empresa te dice que ya no vuelvas, antes de la fecha de efecto de la baja voluntaria, podría entenderse como despido verbal. Para ello, habría que enviar a la empresa un burofax requiriendo que, habiéndote dicho verbalmente que no vuelvas, te ratifiquen esa extinción por escrito. Si no respondes, tienes muchas posibilidades de que se aprecie despido improcedente.

Marben Abogados

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si no le quieren pagar lo que le deben: o se olvida de esta historia; o reclama el pago, por lo que en este caso es aconsejable dirigir un requerimiento, si puede por medio de abogado, para que se le pague en el plazo que señale y con la advertencia, si no lo hacen, de ejercitar acciones, las cuales tendrá que ejercitar si, a pesar del requerimiento, no le pagan.

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Ud .debe avisar a la empresa con 15 días de preaviso , y la empresa debe pagarle esos quince días además de la parte proporcional de vacaciones si no las ha realizado.

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