He vendido un vehículo

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Buenos días,
Por lo que nos cuenta usted es un vendedor particular, le informamos de lo siguiente: al firmar el contrato, el vendedor solo se hace responsable de los vicios ocultos que pueda tener el vehículo (si es que hubiera existido mala fe), aspecto que debe de ser ratificado por un perito. Esto se refiere a si esa avería existía antes de la firma del contrato y si usted como vendedor conocía su existencia. En ese caso, el comprador podría solicitar que se rescindiese el contrato, que se rebajase el precio del vehículo o que se le abonasen los costes de la reparación dentro de los seis meses tras la firma del contrato.
Si los defectos eran plenamente visibles cuando se firmó el contrato o si la avería se hubiese producido tras la firma, en principio el comprador no tendría derecho a reclamar.
No obstante, para una valoración más exhaustiva de su caso precisaríamos revisar toda aquella documentación de la que disponga, no dude en contactar con nuestro despacho profesional a través de nuestro perfil. Un saludo.