Herencia de dinero en c/c
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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Por lo que se explica parece ser que la hermana dispuso de los 6.000 euros a la fecha del fallecimiento de la madre. Realmente se hereda el 50% de dicha cantidad ya que el otro 50% sería del padre, y dicha cantidad pasaría a formar parte de la herencia, y por tanto los herederos forzosos - es decir los hijos - tendrían derecho a la misma, si como me imagino no se otorgó testamento. Hay que tener en cuenta también que el cónyuge viudo tiene su cuota menor en la herencia que habría que valorar, pero si la hermana dispuso de la totalidad de dicha cantidad entraríamos de nuevo en la donación, y habiendo fallecido el padre se traería todo a la herencia, que es lo que se denomina colación.
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Si no hay ninguna disposición en contra, antes de la fecha de fallecimiento de la madre, los hijos tendrían derecho el 50% del saldo a fecha de fallecimiento de la madre. El resto , el padre lo ha podido donar en vida a la hija pero teniendo en cuenta la legítima- todo heredero tiene derecho a la misma- a la hora de calcular el valor de lo dejado por el testador a su fallecimiento. Por lo cual, deben incluirse las cantidades donadas en vida.
Cuando fallece uno de los progenitores, la mitad del dinero que hubiese a fecha del fallecimiento sería para los herederos, dependiendo del testamento que hubiese otorgado porque puede ser que el usufructo pasase al progenitor superviviente, lo que significaria que él podria disponer de ese dinero para su uso y disfrute o sea que las rentas de ese dinero serian suyas y por tanto no habria reparto del mismo en esa fecha. Un saludo
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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
La pregunta es difícil de responder con los datos que ofrece la pregunta, pues hay algunas cuestiones que se desconocen. Primero, su madre muere con o sin testamento, para saber cual es la situación del viudo. Otra cuestión, sin entrar en pormenores, los movimientos de la cuenta, y el destino de las operaciones. Y quien ha operado con la misma. Cuando se tenga claro estas circunstancias, se podrá valorar.
Si los titulares de esta cuenta eran sólo los padres, sí puede reclamar el resto de herederos el dinero.
Ahora bien, hay que saber qué otros bienes tenía este matrimonio, los testamentos de los causantes y si se hizo algún tipo de reparto al fallecimiento de alguno de los causantes.