Herencia de los padres, dos herederos
ABOGADO Cláusula Suelo Algeciras - Francisco de Paula Díaz Mateos
Abogado de Algeciras especializado en Derecho Civil
Vamos a ver: entiendo que la vivienda que usted ocupa era de sus padres y se la vendieron a usted. Si no hay contrato, y ningún documento que acredite estos extremos (por ejemplo, que usted pague el IBI a su nombre) puede considerarse que esta vivienda debe ser sometida a "colación", lo que significa que se considera ya como parte de la herencia que usted ha recibido, y se integraría en la masa de la herencia. Pero cuidado, su hermana no puede disponer de la herencia a su antojo. Imagino que sus padres no dejaron testamento. Ella podrá poner todas las denuncias que quiera, pero la ley dice que el patrimonio dejado por sus padres (en ausencia de testamento) se reparte a partes iguales entre los herederos. Para ello hay que hacer la correspondiente valoración, y en función de esta, adjudicar a cada uno lo que le corresponda. Si hay dos viviendas, una la que usted ocupa, y otra la de sus padres, y son similares en valoración, ella puede quedarse con una y usted con la otra, y respecto a las tierras, la mitad para cada uno. Si por razones de índole registral las tierras no se pueden repartir, ambos serán obligatoriamente copropietarios, lo que no quita para que usted puede comprarle o venderle a ella su parte, o viceversa. El hecho de que se haya censado en la vivienda de sus padres no le da ningún derecho sobre ella. O sea, que solución tiene toda la del mundo. Ella no puede chantajearle de ninguna manera. Si necesita asesoramiento más concreto puede contactar con nosotros. Saludos.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Para saber si puede hacer algo, se tienen que conocer más datos sobre la vivienda que dice que era suya y, si no tiene ninguna documentación, tal vez pueda ser encontrado algo en algún Archivo, por lo que tendría que ser valorado todo lo que nos pueda decir para poderle aconsejar cómo proceder. Evidentemente, si no está conforme con la propuesta que le hace su hermano, no se puede firmar nada y la única solución posible, si no hay acuerdo, será entrar en el Juzgado. Si desea contactar con nosotros, puede ampliarnos la información y pedirnos un presupuesto.
Abogado Penalista Huelva Manuela Nieves Vázquez
Abogado de Aljaraque especializado en Derecho Procesal
Hola
Si has estado durante diez años de forma pacífica, pública y de buena fe viviendo en tu casa de la que por lo visto no tienes inscrita ni escritura de compraventa siquiera, puedes adquirir la propiedad por usucapion prescriptiva, es decir, por el transcurso del tiempo viviendo en ella en concepto de propietario, adquieres la propiedad.
El resto de la herencia si no hay testamento es a partes iguales entre los hijos
Saludos
Es un asunto a estudiar y de prueba de la compraventa. Póngase en contacto con algún profesional para informarle mejor.