Herencia con reconocimiento de deuda a favor de heredero.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay una regla que dice que antes de repartir hay que pagar, por lo que si hay una deuda en favor de su hermano, esa deuda se tendrá que pagar con los bienes de la herencia y, por lo tanto, tendrá que ser pagada antes de que sea repartido nada, salvo que se discuta entre ustedes sobre la deuda y, en especial, sobre el hecho de que haya sido real y no una mera operación simulada realizada para perjudicar a los otros herederos, lo que les llevaría a tratar de resolver esa cuestión previa de forma amistosa o, en su caso, a tenerla que plantear en un Juzgado. Por otro lado, si ninguno de ustedes quiere quedarse el piso compensando a los demás en la cantidad que proceda, lo normal es que sea atribuido en proindiviso en proporción a su respectiva cuota, si bien sería aconsejable que también fuera pactada la forma de salir de esa situación, algo que también se tendrá que negociar entre los herederos. El valor del piso será el que sea fijado de mutuo acuerdo por un importe igual o superior al mínimo fiscal, si bien en caso de discrepancia se tendrá que alcanzar un acuerdo asimismo sobre dicho extremo o sobre la forma de obtener dicho valor. Finalmente, si no hay dinero en la herencia y existe esa deuda, se puede tratar de resolver el problema pagando la deuda con el equivalente del piso, de forma que a ese hermano le corresponderá siempre algo más. Si desean ampliar la consulta, pueden contactar con nosotros, en cuyo caso les diremos antes lo que cuesta nuestra intervención.
Buenos días
La deuda es un pasivo de la herencia, por tanto se reparte entre todos. El motivo de reconocer una deuda es la de perjudicar a los otros legitimarios, por lo que en teoría podría impugnarse si no hay ningún documento o pago que la demuestre. El precio por el que se adjudican el piso es el valor catastral multiplicado por un coeficiente que publica la Generalitat, que es el que consta en la escritura de aceptación. El piso se vende o no, eso lo deciden entre otros, también se lo pueden quedar entre todos.
Si desea una visita sin compromiso para clarificar todas las dudas estamos a su disposición.
Ignacio Tomás
Abogado
ABOGADO DIVORCIOS SANTA COLOMA DE GRAMENET Marsol Jurídics
Abogado de Santa Coloma de Gramenet especializado en Derecho Civil
Buenos días, en principio la deuda de 20.000 euros forma parte del pasivo de la herencia y habrá que ver por qué razón existe esa deuda, la cual deberán liquidarla el resto de herederos. Por otro lado el piso lo pueden vender y repartirse cada una la parte que le corresponda o bien formar una comunidad de bienes si no lo quieren vender. Para ofrecerle un mayor asesoramiento sería importante revisar el testamento. Si lo desea puede concertar una cita con nuestro despacho de abogados.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Hola , para para poder aconsejarle perfectamente, seria necesario ver el testamento , y así estudiaremos la manera en la cual Ustedes pagarían menos y cual seria el resultante para cada uno.