Hola, tenemos una hipoteca con la Caixa Catalunya y queremos saber si es factible la entrega de la vivienda a esta entidad.
Estimado cliente,
En respuesta a la consulta que nos plantea le indicamos que previo estudio de la documentación sería viable plantear la dación en pago al banco que en ocasiones determinadas se están admitiendo por las entidades.
En este caso habría que revisar no solo el préstamo hipotecario suscrito y la deuda que en la actualidad se mantiene con la entidad, sino la situación personal y laboral de los hipotecantes.
No dude en contactar con nosotros para ampliar la presente consulta y tratarla de forma personal.
Un saludo
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
En principio la cesión de bienes para pago de deudas viene expresamente admitida en el Código civil (art. 1175). Habría que negociar con el banco. Quedamos a su disposición. Un cordial saludo. Amando Gómez.