Impago de manutención inmigrante sin papeles.
ABOGADO HERENCIAS VALENCIA - BARCELONA EJP ABOGADOS
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
se le puede interponer una denuncia penal, por impago de alimentos, art. 227 del Código Penal, que podría presionarle y conseguir que cambiara de opinión, pero sobre todo valdría la pena si se pudiese acreditar de alguna forma que trabaja aunque sea sin contrato y por tanto, tiene ingresos. Por otro lado, se podría interponer una ejecución de sentencia civil, pero seguramente no tendría mucho efecto, al no disponer de nómina. Podría tener sentido, si conociéramos si tiene cuentas bancarias con saldo, pero eso no lo podríamos conocer "a priori", a menos que la información la tenga Ud. Por último, se le podría enviar una carta, por un abogado, indicando que se no comienza o reanuda a pagar la pensión se le exigirá judicialmente, incluso por la vía penal. Este tipo de cartas, en muchas ocasiones tiene efecto, porque el destinatario se da cuenta que la reclamación ya va en serio.
Hola, el hecho de residir ilegalmente en España no es motivo para impago de la pensión de alimentos debidos a los hijos. Si demuestras en el juzgado que tu exmarido tiene ingresos, aunque sean en negro, obligarán al pagador a ingresar primero la pensión de tus hijos y el resto quedará para tu exmarido. Como digo se trata de una cuestión de prueba.