Impago de pensión alimenticia.
ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
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Mejor respuesta según autor
Si condenan a su ex marido por delito de impago de pensión de alimentos en la misma sentencia se le obligará a abonar los importes que le adeude. No obstante, el que finalmente cobré su deuda dependerá en buena medida de que tenga bienes sobre los que trabar embargo (pensiones, subsidios, pisos, vehículos, nómina, dinero en cuentas corrientes)
Si desea una información más detallada puede consultar mi perfil donde constan los datos para contactar conmigo.
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Buenos días, si por la parte obligada al pago no se abona la pensión de alimentos, lo que tiene que hacer es presentar demanda de ejecución de sentencia, por las cantidades adeudadas y para que el impago no se siga produciendo en el futuro, si cobra de algún tipo de ayuda, solicitar que se le embargue la cantidad correspondiente a la pensión de alimentos y se le ingrese a Usted directamente en su cuenta.
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En un procedimiento de ejecucion forzosa, para reclamo de las cantidades que su marido le adeuda por impago de pension alimenticia, puede solicitar en la demanda el embargo de la totalidad de lo que cobre el padre de sus hijos. Para ello habrá de presentar la correspondiente demanda en el Juzgado. Para ello, puede contactar con nuestro Despacho si lo desea.Un saludo.
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Si este señor no tiene bienes, ni ingresos ni nada, será difícil que le pague la pensión a pesar de que exista una sentencia condenatoria. La cuantía lógicamente tendrá que actualizarse conforme vaya pasando el tiempo. En el momento que tenga algún ingreso se le podrá solicitar al juzgado que se ejecuten los mismos.
CARMEN PALACIOS LEBRON BUFETE JURIDICO
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
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Debera usted interponer una ejecucion de su sentencia solicitando el abono mensual de la pension y el pago de los,atrasos debidos
Un saludo