Impago de pensión compensatoria
hola buenos días. Hay que distinguir si esa reducción de 150 a 120 euros es voluntaria o no, es decir si puede pagarlos o no. Si gana lo suficiente para pagar la pensión íntegra y voluntariamente no lo hace, tendrá base para poder RECLAMAR. Si como en muchos casos que se dan actualmente, el nivel económico de quien paga ha disminuido y pagar la totalidad le supone quedar en situación económica preocupante, dado que no ha dejado de pagar totalmente, en vía penal (denuncia) podría obtener una sentencia absolutoria después de, tal vez, un par de años o más de litigio. Si quien tiene que pagar tiene nómina fija o cobra una pensión del estado, le recomiendo ejecutar en via civil la sentencia de divorcio y pedir el embargo y retención de los ingresos que percibe esa persona. Un saludo
Abogado especialista en seguros Ciudad Real Mario Mansilla Hidalgo - Abogado
Abogado de Fernán Caballero
Si la pensión como parece es de alimentos de un menor, cabe la denuncia en el Juzgado, ya que el asunto está tipificado como delito, por lo que todo sería más rápido. Le obligarían a pagar la cantidad acordada, amén de poderle implicar una condena de prisión.
Respecto del pago del abogado, dependerá del acuerdo, si éste lo permite, podrás reclamarle su parte en un procedimiento civil de reclamación de cantidad. Recuerde que para ello, debe tener acreditado el coste de los profesionales, así como el pago de los mismos.
ABOGADO ADMINISTRATIVO CIUDAD REAL. SEBASTIAN FUENTES-ABOGADO
Abogado de Ciudad Real especializado en Derecho Administrativo
Habría que estudiar la situación ecónomica concreta del obligado para deducir si el incumpliento estaría justificado para emprender la vía penal. En cuanto a la vìa civil, se trata de solicitar la ejecución de sentencia, que podría dar lugar a la reclamación de lo debido y, en su caso, a embargo de nóminas o bienes. La ejecución de sentencia está derivada del procedimiento que se desarrollo para la separación o divorcio. Un saludo.
Tendrías que solicitar ejecución de sentencia judicial, mediante una demanda de ejecución de sentencia para que te abone los atrasos de la pensión y que de ahora en adelante te pague los 150 euros. Los gastos de abogado por solicitar ejecución de sentencia aunque en un principio los tienes que pagar tu, finalmente te los tendrá que reembolsar a tí.
Un saludo