Incumplimiento de custodia

Actualmente comparto la custodia de mi hija con el padre. Desde hace algún tiempo cada vez que le llamaba la atención, mi hija, de 17 años, me amenazaba con irse a vivir con su padre.
Hace unas semanas cuando le dije que apagara el móvil hasta que terminara sus tareas, decidió instalarse en la casa de su padre.
El padre ha decidido dejar de pasar la pensión por alimentos, pero me reclama los gastos de actividades extraescolares. Aunque dice que vendrá a verme, no lo hace. Tampoco me llama. Se ha ido por su propia decisión con el consentimiento del padre. A mi no me merece la pena denunciar esta situación, pues creo que esto agravaría la mala relación que tenemos y además cuando viniera a salir el juicio prácticamente sería mayor de edad.
Mi exmarido dice que la ley me obliga a pagar por los gastos comunes, ¿Alguien me puede decir si eso es cierto?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
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Todo depende de lo que haya estipulado en convenio, señalarle que si su ex-pareja incumple la sentencia puede reclamarlo judicialmente, si no quiere llegar a esto, envíele un buro fax de advertencia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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VELA ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenos días. En principio, sí es cierto que los progenitores vienen obligados a sufragar los gastos extraordinarios por mitad. Ahora bien, también es verdad que hay varios tipos de gastos extraordinarios, pues no es lo mismo una ortodoncia, por ejemplo, que apuntar al niño a clases de kárate después del colegio. Ésta última, debe ser consensuada por ambos progenitores antes de que el que tiene su guarda y custodia le apunte sin consultarlo al otro, pues si así fuera, el otro no vendría obligado a su pago.
No obstante, como la cuestión es compleja, contacte con nosotros y le ampliaremos la información.
Un cordial saludo.
Cristina.

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AC ABOGADOS

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Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

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En principio los gastos extraordinarios se pagan entre los 2. Si quiere llameme o contacteme y le comento en mas profundidaz.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Si el convenio dice que los gastos extraordinarios se pagan a medias deberá mantenerse.

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