Incumplimiento de sentencia de divorcio
Buenos días
En respuesta a su situación decirle que debe ejecutar el cumplimiento de la sentencia, aunque el posible embargo no sea significativo, pero al final podrá llegar a embargar la mitad del inmueble de su ex pareja.
Por lo que respecta al tema del incumplimiento del régimen de visitas, además de comunicarlo al Juzgado, solicitaría una modificación de medidas.
Por último, con relación a la desgravación de la hipoteca, hay una reciente resolución de la AEAT que puede le sea de aplicación.
Estamos a su disposición.
Saludos
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe ejecutar la sentencia que acuerda dicha contribución, así como los gastos extra escolares que le correspondan, procediendo al embargo de su salario e incluso de su participación en la vivienda si fuera preciso.
También puede modificar las medidas acordadas, dado el incumplimiento que se está produciendo.
Esta situación puede forzarle a cambiar de opinión/actitud e incluso a ir embargando su parte como le he comentado.
Quedamos a su disposición, un cordial saludo.