Inquilinos morosos

Buenos días
Si pongo burofax al inquilino y no está o no lo quiere recoger, el acuse de recibo y verificación de texto, sirve en el juicio a fin de que no enerve el desahucio?.

En el burofax cuanto tiempo le tengo que poner de plazo para que me pague un mes o puedo poner 15 días por ejemplo?

Si voy con una carta de rescisión de contrato y me la firma el inquilino, ¿cuanto tiempo tengo que poner en la carta de rescisión un mes?
Si al vencimiento de la fecha indicada no me da las llaves que hago, esa carta tiene valor??

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Si el requerimiento de pago se ha realizado en el domicilio arrendado, no cabría enervación. En cuanto al plazo para pagar puede usted poner el que quiera, pero para que no quepa enervación debe dejar pasar 1 mes desde la recepción antes de poner la demanda. En cuanto al tema de la rescisión, también pueden ustedes acordar el plazo que deseen, y, si llegado el vencimiento no marcha, debe usted poner demanda de desahucio por finalización del contrato, teniendo ese documento firmado total validez del cese de la relación contractual. Para cualquier otra aclaración o inicio en su caso de la vía judicial quedo a su total disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva Abogados
Contestado

El burofax, aunque no recogido, si la dirección es la correcta, impide la enervación si se notifica con un mes de antelación.
El plazo que puede poner para que le abone las rentas adeudadas es el que usted quiera, pero el mismo ha de ser razonable en relación a la cuantía.
La carta tiene valor probatorio en juicio. Pero si, llegado el día, no le entrega las llaves, no le queda otro remedio que interponer demanda judicial para resolver el contrato.
Si lo que quiere es desistir (o rescindir) del contrato, el preaviso es de dos meses.
Si tiene más dudas, estamos a su disposición.

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