Jornadas largas y nocturnidad
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Contestado
Tiene derecho a que le paguen la nocturnidad y las horas que realiza extras, dado que superan las legalmente establecidas.
Para ayudarle necesitamos saber el convenio colectivo al que pertenece.
Puede llamarnos y concertar cita, le podemos realizar la reclamación de cantidades por los conceptos que actualmente no le abonan.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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