Josep masferrer roquet

Mi caso es el siguiente:
Mi suegra ha fallecido. Tiene dos hijos. En el testamento que ha hecho establece como heredero a uno de ellos, pero a mi marido como simple legitimario.
Y mi pregunta es: ¿Mi marido tiene derecho al 25% de la legítima, o solo al 12,5%?
Muchas gracias por su atención.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días

Si su marido tiene la vecindad catalana, entonces el derecho a la legítima es el 25%, ya que el otro ya recibe la herencia, y no puede además pedir la mitad de la legítima. Se aplican las reglas del artículo 251.7 y 10.

Si sólo hay heredero y legitimario, el heredero recibe un 75% del total valor de la herencia y el legitimario un 25%, por tanto, el heredero ya está recibiendo bastante más del 25% a que tiene derecho. Sólo podría pedir algo del 25% de su marido si existieran legatarios que hicieran que al final acabara percibiendo menos del 25%, lo que no parece que sea el caso, así que puede estar tranquila (con los datos que me expone).

De todos modos, si desea una primera visita gratuíta para a la vista del testamento comentar, y ver si la escritura de aceptación es correcta, puede ponerse en contacto con nosotros. Saludos.

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Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

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Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

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Legitimario es aquel que es heredero forzoso.
En derecho común los hijos tienen derecho a 2/3 de la herencia. Uno de los tercios se reparte a partes iguales entre los 2. Y el otro tercio en función de lo que haya fijado el testador, pero siempre entre los descendientes (puede repartirlo a partes iguales, dejarlo todo a uno o más a uno que a otro) Pero herederos legitimarios son ambos, otra cosa es que a uno le haya dejado más de lo que le corresponde por legítima estricta.

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TÉLLEZ ADVOCATS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General

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Su marido tiene derecho sólo al 12,5%, ya que la legítima está constituída por el 25% del valor de la herencia (1/4 parte) que se ha de dividir entre tantos legitimarios como existan, siendo que son legitimarios los hijos, independientemente de que alguno de ellos, como en el caso de su cuñado, haya sido además designado como heredero.
El heredero, o sea, su cuñado, deberá pagar a su esposo el valor del 1/8 parte de la herencia en concepto de legítima.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Dependerá del contnido del testamento, si solamente le deja la legítima su herencia será efectivamente del tercio de legítimale correspondería la mitad del mismo, al ser dos hermanos. concierte una consulta con un abogado, a fin de que lea y estudie el testamento y pyeda darle razón de su contenido. Saludos cordiales.

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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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Si su marido únicamente es legitimario, sólo tendrá derecho al 12,5% de la masa hereditaria neta. Para calcular la masa hereditaria neta se tendrán que sumar los bienes activos del difunto y a estos restarle los pasivos que serían las deudas, obligaciones que tuviera pendientes, gastos de entierro, etc. Un saludo de Patón Abogados

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Buenos días.

En nuestro despacho somos especiales en temas de familia y sucesiones.
Para una mejor atención del caso que nos expone le sugerimos una visitaa nuestro despacho ( gratuita ).
Quedamos a la espera de su contacto.
Atentamente.
Josep Murcia i Arenas
Advocat.

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ADVOCAT VIC Solà Advocats

Abogado de Vic especializado en Derecho Propiedad Intelectual

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La legítima és una quarta part de l'herència, inclosa l'hereu si és legitimari. O sigui, que si és en percentatges i són dos germans, és el 12,5% del valor total de l'herència.

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Sería preciso ver el testamento concreto, pero por los datos que nos aporta, le correspondería un 12,5% de la herencia.

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Tiene derecho a la mitad de la legítima, la legítima se reparte a partes iguales entre los legitimarios. Saludos, Rosario

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Advocat Banyoles - Q & B Advocats

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Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común

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El heredero también es legitimario. Por lo que le corresponde el 12.5%

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Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Al 12,5 %.

Un saludo.

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