Josep masferrer roquet
Buenos días
Si su marido tiene la vecindad catalana, entonces el derecho a la legítima es el 25%, ya que el otro ya recibe la herencia, y no puede además pedir la mitad de la legítima. Se aplican las reglas del artículo 251.7 y 10.
Si sólo hay heredero y legitimario, el heredero recibe un 75% del total valor de la herencia y el legitimario un 25%, por tanto, el heredero ya está recibiendo bastante más del 25% a que tiene derecho. Sólo podría pedir algo del 25% de su marido si existieran legatarios que hicieran que al final acabara percibiendo menos del 25%, lo que no parece que sea el caso, así que puede estar tranquila (con los datos que me expone).
De todos modos, si desea una primera visita gratuíta para a la vista del testamento comentar, y ver si la escritura de aceptación es correcta, puede ponerse en contacto con nosotros. Saludos.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Legitimario es aquel que es heredero forzoso.
En derecho común los hijos tienen derecho a 2/3 de la herencia. Uno de los tercios se reparte a partes iguales entre los 2. Y el otro tercio en función de lo que haya fijado el testador, pero siempre entre los descendientes (puede repartirlo a partes iguales, dejarlo todo a uno o más a uno que a otro) Pero herederos legitimarios son ambos, otra cosa es que a uno le haya dejado más de lo que le corresponde por legítima estricta.
Su marido tiene derecho sólo al 12,5%, ya que la legítima está constituída por el 25% del valor de la herencia (1/4 parte) que se ha de dividir entre tantos legitimarios como existan, siendo que son legitimarios los hijos, independientemente de que alguno de ellos, como en el caso de su cuñado, haya sido además designado como heredero.
El heredero, o sea, su cuñado, deberá pagar a su esposo el valor del 1/8 parte de la herencia en concepto de legítima.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Dependerá del contnido del testamento, si solamente le deja la legítima su herencia será efectivamente del tercio de legítimale correspondería la mitad del mismo, al ser dos hermanos. concierte una consulta con un abogado, a fin de que lea y estudie el testamento y pyeda darle razón de su contenido. Saludos cordiales.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Si su marido únicamente es legitimario, sólo tendrá derecho al 12,5% de la masa hereditaria neta. Para calcular la masa hereditaria neta se tendrán que sumar los bienes activos del difunto y a estos restarle los pasivos que serían las deudas, obligaciones que tuviera pendientes, gastos de entierro, etc. Un saludo de Patón Abogados
Abogado Extranjería Barcelona - Murcia Advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días.
En nuestro despacho somos especiales en temas de familia y sucesiones.
Para una mejor atención del caso que nos expone le sugerimos una visitaa nuestro despacho ( gratuita ).
Quedamos a la espera de su contacto.
Atentamente.
Josep Murcia i Arenas
Advocat.
La legítima és una quarta part de l'herència, inclosa l'hereu si és legitimari. O sigui, que si és en percentatges i són dos germans, és el 12,5% del valor total de l'herència.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Sería preciso ver el testamento concreto, pero por los datos que nos aporta, le correspondería un 12,5% de la herencia.
ABOGADO RESPONSABILIDAD MEDICA ACCIDENTES TRAFICO BARCELONA ROSARIO UCAR ESTEBAN
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Tiene derecho a la mitad de la legítima, la legítima se reparte a partes iguales entre los legitimarios. Saludos, Rosario
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
El heredero también es legitimario. Por lo que le corresponde el 12.5%
Al 12,5 %.
Un saludo.