Juicio verbal por deuda de 540 euros
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Abogado divorcios Murcia Pedro Antonio Jiménez Sánchez
Abogado de Alcantarilla especializado en Derecho Laboral
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Contestado
No es necesaria la presencia de abogado y procurador, al ser la cuantía inferior a 2.000 €. Si Vd. no se presenta al juicio verbal, le declararán en situación de rebeldía y normalmente le condenarán al pago de la cantidad reclamada (intereses y costas). Por lo que le recomiendo que se presente con las pruebas que intente valerse. Si le condenan y no paga, en el plazo de 20 días, la parte contraria puede iniciar la ejecución, en la que le reclamarán mas intereses y las costas de la ejecución.
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PEDRO A. JIMÉNEZ (abogado)
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