Liquidación gananciales hipoteca
Como apunta la compañera se habría de tomar como referencia la cantidad total abonada durante la vigencia del matrimonio, sin hacer distinción entre capital principal o intereses. Recuerde, no obstante que, si se ha realizado alguna ampliación en la hipoteca, el banco ha podido incluir a su ex mujer como parte deudora, lo cual modifica el supuesto planteado por usted. Un saludo.
ABOGADO MATRIMONIALISTA VALLADOLID Carlos Nogues Mediavilla
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil
Buenos días.
La cantidad que debe devolver a la otra parte es la mitad de la cantidad total abonada mensualmente durante los años que se hubieran pagado con dinero ganancial, es decir con los intereses mensuales incluidos en cada cuota.
Para cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto conmigo.
Un saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Considero que de la cantidad que usted tiene que pagar a la otra parte, debe descontarse lo que usted ha pagado antes del matrimonio, y el resto entiendo que se divide por dos, tanto el capital como los intereses.
Abogado Violencia de Género Oviedo Virginia Cabalga
Abogado de Oviedo especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, en principio sería la mitad de la cuantía total pagada. Para verlo mejor no dude en llamarme y concertar una cita, así podríamos revisar todos los documentos en el despacho. Un saludo.