Liquidación vacaciones pendientes año anterior
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Contestado
Las vacaciones se extinguen con el año natural salvo excepciones, por lo que parece poco probable que se las paguen.
Si quiere preservar esos 5 días de vacaciones deberá tener un reconocimiento de la empresa por escrito, si la empresa las reconoce por escrito entonces podrá reclamar su pago para este año 2019.
Por otro lado una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite disponer de vacaciones acumuladas en años pasados sin necesidad de reconocimiento expreso, pero no es plenamente aplicable en España y deberá reconocérselo un juez mediante un procedimiento judicial simplificado.
Siéntase libre de contactar con nuestros abogados y asesores en el tema que le preocupa.
Un Saludo
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