Liquidación vacaciones pendientes año anterior

Buenos días,
Mi empresa me debe 5 días laborables de vacaciones de 2018, en varios correos me detallaron que puedo disfrutarlos hasta el 31 de marzo de 2019.
Quiero mandar mi carta de dimisión, dando los 15 días laborables de preaviso. ¿Una vez hecho esto, podrían no pagarme los días en la liquidación al ser de 2018?
Gracias

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Abogado de Málaga especializado en Derecho del Trabajo

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Contestado

Las vacaciones se extinguen con el año natural salvo excepciones, por lo que parece poco probable que se las paguen.

Si quiere preservar esos 5 días de vacaciones deberá tener un reconocimiento de la empresa por escrito, si la empresa las reconoce por escrito entonces podrá reclamar su pago para este año 2019.

Por otro lado una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite disponer de vacaciones acumuladas en años pasados sin necesidad de reconocimiento expreso, pero no es plenamente aplicable en España y deberá reconocérselo un juez mediante un procedimiento judicial simplificado.

Siéntase libre de contactar con nuestros abogados y asesores en el tema que le preocupa.

Un Saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado