Local de uso comun y jardín para fiestas

Vivo en un bajo y mis ventanas dan al local común de mi comunidad, el cual se utiliza para fiestas, estas se terminan celebrando por lo general en la puerta del local y no exclusivamente dentro, con lo cual tengo todos los fines de semana debajo de mis ventanas a los invitados de dichas fiestas con sus respectivos hijos y todos hablando, chillando y jugando hasta altas horas de la tarde-noche. Lo he expuesto en junta 2 veces, la última vez pidiendo que se deje de utilizar el local para eventos, pero me lo han denegado. En verano con las ventanas abiertas es insoportable. ¿Qué puedo hacer?
Gracias

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Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

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Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda

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Una opción intermedia sería proponer en la junta que los eventos en el local tengan un horario límite que sea compatible con su descanso, como norma de funcionamiento y que así se respeten los niveles de ruido permitidos por la Ordenanza municipal, que dependerán a su vez, de dónde esté situada la vivienda.
Por otro lado, cabe la posibilidad de que si es ruido es excesivo en horario nocturno, se denuncie a la policía, si bien es probable queello implique más enfrentamientos con los vecinos.
Finalmente, quedaría la opción de interponer una demanda, solicitando el cese de la actividad molesta, una vez que haya reunido y constatado pruebas que lo puedan demostrar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogados Ruidos Madrid Osset Estudio Jurídico
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Buenos días,

si la Comunidad no está dispuesta a regular el uso de este local de forma que se garantice el descanso de los vecinos más cercanos, no le quedaría otro remedio que instar un procedimiento judicial para exigirle dichas actuaciones. Para ello lo más importante sería acreditar el nivel de ruido soportado en tu vivienda y la frecuencia de las fiestas.

No obstante a lo anterior, para poder asesorarle adecuadamente, necesitaríamos conocer el asunto en detalle. Estamos a su disposición para atenderle personalemnet en nuestro despacho.

Un atento saludo

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Hay que ver si ese uso tiene o no cobertura jurídica y, en caso de que la tenga, si puede probar que es molesto, dado que en este caso puede llamar a la policia local y tramitar la correspondiente denuncia ante el Ayuntamiento o promover un acto de conciliación para que cese esa actividad con la advertencia, en otro caso, de acudir a los Tribunales. Si desea contactar con nosotros para ampliarnos la información, puede hacerlo y pedirnos un presupuesto por el asesoramiento que se le pueda prestar.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Si ya lo ha intentado con la Comunidad de Propietarios y no le han hecho caso, puede denunciar los ruidos ante la policía local y pedir que se mida la intensidad de los mismos. Requerir al local para que cese en su actividad molesta, y, como último recurso, reunidas pruebas de la molestia continua acudir a tribunales.

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José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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En base al artículo 7, 2 de la Ley de Propiedad Horizontal, puede iniciar acciones legales para el cese de actividades molestas

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