Mantenimiento pared medianera

Pared medianera de dos casas. Una está medio hundida y el otro quiere hacer, a sus espensas,mantenimiento de la pared por la parte hundida para reforzar esa parte de su casa y el propietario se niega a cortar unas vigas y al desescombro del tejado hundido al objeto de poder colocar andamios, e incluso niega la autorización para hacerlo a cuenta del otro. Pregunta, ¿cómo se le puede obligar a cortar las vigas y retirar los escombros del tejado hundido o autorizar a la otra parte su retirada sin coste alguno para el denegante? ¿Habría que demandarle judicialmente? Esa parte se fundamenta en que la pared es consistente y no requiere ningún tipo de mantenimiento. Por otra parte, se produjo el hundimiento del tejado por el estado de abandono y nunca más lo volverán a levantar.

Muchas gracias por su información.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100
  • 1 voto útil
Contestado

El art. 575 del Código Civil establece la obligación de los dueños de las fincas que tengan a su favor la medianería, de costear la reparación de la pared medianera, en proporción al derecho de cada uno.
Como el otro medianero niega la necesidad de la obra y a asumir coste alguno, así como ha retirar los escombros, no quedaría más remedio que formular dicha petición en el juzgado, que se debería pronunciar acerca de la necesidad de las obras de reparación de la medianería y el acometimiento de las medidas necesarias por parte del otro medianero para asegurar la medianería. Entiendo que sería necesario contar con un informe pericial al respecto.

Atentamente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Si es verdad lo que dice, puede tratar de evitar el pleito dirigiendo un requerimiento a la otra parte para la reparación en la forma y plazo que se le diga, primero, por burofax y, si eso no funciona, por medio de un acto de conciliación ante el Juzgado de Paz de su población. Si lo segundo tampoco funciona, hay que saber cuanto cuesta reparar para poder valorar si le merece o no la pena reclamar, no sea que valgan más las cintas que el manto. Si desea que le redactemos el burofax y la demanda de conciliación, ya que dicha demanda la puede presentar usted mismo sin abogado ni procurador, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado