Manutención y nuevo matrimonio
Abogado accidentes Marbella Cárdenas Abogados
Abogado de Marbella especializado en Derecho Civil General
La pensión de alimentos ni se extingue, ni varía al celebrarse un nuevo matrimonio. El padre deberá continuar con su obligación tal como esté acordada en la sentencia de divorcio.
El padre solo podrá solicitar una modificación de medidas si las circunstancias de su hijo o las suyas experimentan una sustancial variación respecto del momento en el que se acordó la pensión, de tal manera que si usted dispone de mayores recursos o su hijo de menos necesidades (o empeora la situación económica del padre), pueda intentar reducir el importe de la pensión.
Pero un nuevo matrimonio no implica por sí mismo que esas circunstancias varíen en el sentido que la Ley exige para una modificación de la pensión.
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Buenas tardes,
Puede quedar tranquila ya que en cuanto a la pensión de alimentos se refiere, el padre de la menos está obligado a abonarla hasta que su hija se considere independiente económicamente, no siendo así si recibiese usted una pensión compensatoria. Un saludo
JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Por supuesto que debe seguir pagando la pensión de alimentos, hasta que la hija sea considerada independiente (no hasta la mayoría de edad). El hecho de que Ud. contraiga nuevo matrimonio no exime al padre de las obligaciones establecidas por el Juez en la sentencia.
Diferente es que Ud. perciba una pensión compensatoria, dicha pensión sí se extingue por contraer nuevo matrimonio o por convivencia marital con su pareja.
Saludos cordiales.
ABOGADO DERECHO INFORMATICO MALAGA ENRIQUE JURADO GRANA
Abogado de Málaga especializado en Derecho Civil General
Buenos días, el hecho de que se case de nuevo no influye en la pensión alimenticia de su hija, que se debe seguir pagando en tanto no exista una sentencia de modificación de medidas. Si desea saber mas sobre este asunto llame al teléfono 952213313 para concertar una cita gratuita en la que le explicaremos todo lo que necesite saber.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Si , coincido con mks compañeros, pues el hijo es de su padre y suyo, no de su pareja o marido futuro, otra cosa sería una pensión compensatoria qomo se ha apuntado, saludos.
Abogado Penalista Malaga - SALAMALAGA
Abogado de Torremolinos especializado en Derecho Penal Común
Por supuesto, debe seguir pagando, y si no lo hiciera debe reclamárselo antes de los 5 años.
saludos
RUFINO GIL
Abogado Antequera - David Granados Espinar
Abogado de Antequera especializado en Derecho de Familia
Deberá seguir pagando lo que este fijado en sentencia Sin que influya que Ud se case
ABOGADO MÁLAGA - MESTANZA VILLAR MUÑOZ S.C.P.
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Sí. La obligación del pago de la pensión alimenticia no varía como consecuencia del nuevo matrimonio.