Matrimonio entre españoles y extranjeros: régimen económico matrimonial
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Legalmente (responsabilidad penal), desde luego que no, en todo aquello en lo que usted no tuviera ninguna implicación. Económicamente (responsabilidad civil) por el hecho concreto de casarse, tampoco: Ustedes supongo que se casarían en régimen de separación de bienes.
Donde sí puede tener alguna incidencia es por tener bienes en común, particularmente la vivienda, o saldos en cuentas corrientes también a nombre de ambos. En ese caso, si hubieran de llegar embargos, sí podría afectarle al ser compartida la titularidad. Le recomendaría en tal caso que tuvieran distintas cuentas corrientes en previsión de posibles retenciones de saldo.
Si le he aclarado dudas con esta respuesta, le agradecería que la marcara abajo como "respuesta útil" o "mejor respuesta", si así lo considera. Gracias y un cordial saludo.
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
Si se casan en régimen de separación de bienes, no tienen porque afectarle los problemas de su pareja ni legal ni económicamente. Pero sería necesario conocer las circunstancias de ambos para saber si tienen acceso a dicho régimen o bien es necesario firmar algún documento antes de casarse.
Un saludo,
Dependerá de qué clase de asunto, y sólo responderá por los bienes que adquiera con posterioridad al matrimonio, si es en régimen de gananciales
No, los asuntos penales, son personalísimos. Sólo atentan a la persona que los cometió o condenada. En nada a su cónyuge.
Saludos,