¿Me corresponde indemnización por finalización de contrato de obra o servicio?

Hola.
Quería saber si por un contrato temporal de obra o servicio tienes derecho a algún tipo de indemnización, ya que según mi jefe no porque no es despido y según el BOE es otra cosa.
Muchas gracias por su tiempo.

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Abogado de Madrid especializado en Despidos

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Buenas tardes,

Si el contrato estuviera bien formulado y la causa fuera real, entonces tendría derecho a una indemnización de 12 días por año de servicio en el supuesto de que se hubiera iniciado ese contrato este año 2015, ya que si hubiera sido en 2014 la indemnización sería de 11 días o si hubiera sido en 2013 la indemnización sería de 10 días.

Si el contrato no fuera correcto, estaríamos ante un contrato temporal en fraude de ley (de esos que son mayoría), y se equipararía tu contrato temporal a un contrato indefinido, por lo que la indemnización sería la equivalente a un despido improcedente (y no "finalización de contrato temporal") siendo ésta de 45/33 días de indemnización por año de servicio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Rodríguez & Peyró Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería

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Hola,
Por supuesto que tienes derecho a una indemnización por fin de contrato temporal. Si el contrato se firmó en 2015, la indemnización es de 12 días de salario por año trabajado.
Puedes reclamar esa cantidad adeudada independientemente de lo que te diga y tienes un año para ello.
Ten cuidado a la hora de firmar el finiquito y te recomiendo que lo firmes siempre con la fecha del día en que te lo dan y poniendo no conforme.
Un saludo

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HERNANDO & HERRERO

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Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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Tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año trabajado.
Independientemente de eso y previo examen de su situación laboral, podría ser considerado un despido improcedente. Puede pedir cita y vemos su contrato.

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Buenos días, aunque sea un contrato temporal usted tiene derecho a indemnización. Habría que ver sus nóminas para calcularlo. Un saludo

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