¿Me pueden embargar por deudas de mi marido?

Buenas tardes. Les explico mi caso, no sé qué hacer: mi marido tiene un piso que compró estando soltero (en el cual estamos viviendo actualmente). Ahora se ha quedado en paro y no puede pagarlo, y yo tampoco porque tengo mi piso de soltera en otra provincia y no se alquila, sigo pagando la hipoteca. Ahora lleva mi marido 4 recibos sin pagar, y ya ha informado el banco que comienza el proceso para embargar.
Nosotros nos casamos en gananciales hace un año, y el piso lo compró en 2007. No tenemos hijos. Están todos los recibos a mi nombre. Lo único que hay a su nombre es un coche (que no sé si podrían embargárselo, aunque ya está pagado) Mi pregunta es: ¿me pueden embargar mi nómina? En caso afirmativo: ¿si ahora hacemos separación de bienes se solucionaría el problema o ya no sirve de nada? Si me pudieran dar presupuesto de lo que costaría hacer eso....
Muchas gracias por su atención.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogados Accidentes Almeria - M.ª BELEN ABAD GARCIA
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Mi consejo es que efectivamente modifiquen su régimen matrimonial. Si bien, es importante estudiar en qué situación se encuentra la reclamación del banco, si ya ha iniciado proceso ejecutivo, si Vds están interesados en pagar los recibos impagados o lo dan por perdido, en fin, que es preciso conocer a fondo su situación para poder dar un asesoramiento adecuado a lo que Vds precisen.
En cuanto al precio, dependerá de lo que realmente precisen y sea conveniente realizar para evitar perjuicios innecesarios, lo que no es posible realizar sin conocer el asunto en profundidad.
Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros en los teléfono 950487533 / 950250158, o a través del correo ag1993@icaalmeria.com, a fin de concertar cita previa en cualquiera de los despachos de Almería o El Ejido.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Indemnizaciones Accidentes de tráfico Almeria- A.M.P. Abogados y Asociados
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Buenas tardes;

En caso de que exista una deuda de su marido, a la hora de embargar un bien primero irían a por los bienes de su marido, que es el que tiene la deuda) y luego podrían embargar el 50 por ciento de un bien ganancial.

Pero la pregunta más importante a la que hay que responder es ¿Quien ha firmado la hipoteca? si existen fiadores, que respondan en caso de impago o no, ya que de esto dependerá quien esta obligado al pago de la misma.

Si esta interesada, le ofrezco que se pase por nuestro despacho con toda la documentación que tenga y podremos estudiar el caso con más rigor su caso y darle una respuesta personalizada.

Un cordial saludo.

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ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
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Al tratarse de una deuda hipotecaria, la entidad bancaria irá frente al bien garantizado (la vivienda) y en el supuesto que la cantidad obtenida tras la subasta de dicho bien no cubra la deuda, se procederá al embargo de otros bienes de su marido. Si están casados en bienes gananciales, lo que puede suceder es que embarguen el 50% que le corresponde a su marido. Respecto de su nómina, le informo que no la pueden embargar precisamente porque es una deuda contraída únicamente por su marido. Si precisa de más información o quiere consultarnos alguna otra cuestión, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho. Un saludo

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Abogado Ana Martín

Abogado Ana Martín

Abogado de Almería especializado en Contencioso Administrativo

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Aunque la vivienda familiar fuera adquirida por su marido antes de casarse en gananciales, al continuar pagándola a plazos después del matrimonio, se considera en parte ganancial y en parte privativo, de forma que corresponde la sociedad de gananciales y al cónyuge en proporción a las aportaciones respectivas. Por tanto, su patrimonio sí que podría verse en parte afectado.

Lo mejor es que reciba cuanto antes asesoramiento personalizado para estudiar sus posibilidades. Podemos ayudarles, además, a renegociar la deuda con el banco y tratar de evitar la ejecución forzosa.

Saludos cordiales.

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