¿me puedo ir de mi casa?, tengo 16 años.
ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
Abogado de Torrent especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes.
Entiendo que no existe la figura paterna ni materna. En tal caso, y dada la situación de minoría de edad, debería estar sujeto a la tutela de una administración pública, o de un tutor nombrado judicialmente; salvo que se pidiera la emancipación. La cuestión es la edad de sus hermanos, que si son menores también deberían tener esta situación puesta en conocimiento de las autoridades para que ejerzan las funciones tutelares. Si son mayores, posiblemente ellos serían las personas que asumirían su tutela hasta alcanzar la mayoría de edad, o que se concluya el expediente de emancipación.
Espero haberle ayudado. Quedamos a su disposición, MANUEL SARRION SIERRA, CASES DE DRET ABOGADOS.