Me reclaman la devolución de el dinero de una venta.
Abogado Mercantil Sevilla MultiGestión Sur
Abogado de Marchena
Buenas tardes,
Para el caso que plantea es necesario acudir a nuestro Código Civil vigente, concretamente al artículo 1.485 y siguientes, aplicables a la compraventa entre particulares. En líneas generales, según dicho articulado, a priori el vendedor está obligado a responder frente al comprador por los vicios ocultos, no obstante existen ciertos matices que sería conveniente aclarar para determinar su responsabilidad en este caso, ya que su obligación respecto a dichos vicios ocultos no es ilimitada, más aún teniendo en cuenta las condiciones en las que se lleva a cabo la compraventa.
Julia Rasero Labrador
Abogado de Bormujos especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes. Entiendo que, al ser objetos de segunda mano, al comprador le va a ser muy difícil demostrar que los objetos no los ha estropeado él mismo, o que no sabía exactamente en qué condiciones se encontraban, es decir, se presume que conocía el estado de las piezas y sus posibles defectos. De todos modos, por ese importe tan pequeño (120 €) nadie pone una demanda.
Buenas tardes,
Para poder asesorarle adecuadamente sobre la cuestión que nos plantea, es necesario estudiar las condiciones del contrato de compra-venta de las piezas que menciona.
Le rogamos que se ponga en contacto con nosotras a través de esta web, y nos facilite sus datos, a fin de concertar una cita.
Gracias
Un saludo
Sí puede denunciarle (seguramente no lo haga, la prueba es complicada). Su responsabilidad, la que le quede en conciencia. Lo justo devolverle el 50% del importe.