Mi agresor se ha metido en el domicilio familiar
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Como bien indica la orden de protección no es solo respecto de su domicilio sino de usted con independencia donde se encuentre. No se trata de que usted asocie nada sino de que el otro se abstenga de aproximarse. Ya sea a usted en persona ya a los lugares que frecuente ya a su residencia habitual u ocasional. Por tanto si a sabiendas ha ocupado la vivienda en que usted reside habitualmente mientras ocasionalmente estaba con sus padres, aunque usted no estuviera personalmente presente ha vulnerado la orden de proteccion pues esta impide la mera presencia del denunciado en su vivienda aunque usted esté ausente. Si ademas persiste en su actitud ya que no solo ha aparecido ocasionalmente sino que se ha instalado en la vivienda aprovechando su ausencia para impedirle con ello su libertad de movimientos al retornar a su domicilio, el hecho es aun más grave. Ya que a efectos prácticos esta tratando de dejar sin efecto una prohibición que le afecta y restringe su libertad ambulatoria como si fuera usted y no el la afectada por la prohibición que esa orden supone. Denuncie cuanto antes.
Tiene que solicitar medidas civiles en el juzgado de violencia de la mujer, y que le otorguen el uso del domicilio. Hable con el abogado que le asignaron en el juzgado, urgentemente. La orden de protección puede conllevar medidas civiles, y se toman inmediatamente.
Tendrá que presentar escrito al Juzgado de Violencia de genero para ejecutar la orden de alejamiento indicando que su única vivienda es donde vive el agresor.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Denuncie los hechos. El agresor no puede hacer lo que Vd. cuenta, esta incumpliendo un mandato judicial.
Saludos.