Mi empresa ha cerrado.
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Para poder tener derecho a la prestación por desempleo deberás de tener cotizados, al menos, 360 días en los últimos 6 años, esto te dará derecho a poder cobrar el paro, a no ser que hayas utilizado estas cotizaciones para solicitar anteriormente una prestación. La duración de la prestación dependerá de los años que tengas cotizados, pero el tiempo mínimo de cotización es el que te he expuesto anteriormente.
Sí cumples con este requisito, de tiempo, para poder cobrar el paro deberás, desde el día que te notifiquen el cierre empresarial, dispones de 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) para solicitar la prestación en el SEPE. En el supuesto de que te correspondan vacaciones retribuidas y no disfrutadas (que creo que no será el caso, porque si no os han pagado), dispondrás de 15 hábiles desde el fin de éstas para poder solicitar la prestación por desempleo.
Has de pedir cita previa.
Espero haberte ayudado, si es así valora nuestra respuesta.
Un saludo
Baella Abogadas
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Hola,
Así no se hace las cosas. Os tendría que dar la carta de despido con su correspondiente indemnización y demandar a la empresa.
Necesitais el certificado y la carta de extinción de contrato para solicitar la prestación por desempleo.
Cualquier cuestión podeis encontrarme en cmrodriguez@icab.cat
Saludos,
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
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Debería darle la carta e despido, el finiquito y el certificado de empresa. En función de la causa del despido, le corresponderá una u otra indemnización, la cual debería liquidarse en el finiquito. Quedamos a su entera disposición.