Mi ex está embarazada de su nueva pareja y ambos viven en mi piso con mi hija. ¿Es eso posible?
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes:
En primer lugar, exponer que si el juez se equivocó y atribuyó la titularidad del piso a los dos y que ambos pagaban la hipoteca, y no es así, se habría de haber solicitado una subsanación de la sentencia al objeto de corregir ese error (si constó acreditado así a lo largo del proceso), o bien haber interpuesto Recurso de Apelación.
En segundo lugar, entiendo que cabe una modificación de medidas de divorcio, pero siempre se deberá acreditar que las circunstancias que se tuvieron en cuenta para atribuir la guarda y custodia a su ex-mujer y el uso de la vivienda han cambiado.
Todo pasa por efectuar un estudio detallado del tema, con la documentación correspondiente.
Si este hombre vive en su casa, sí puede cambiar las medidas, porque es una situación nueva, con economías distintas, y hay una relación afectiva estable, por lo tanto, no tiene sentido la atribución del uso del domicilio a la esposa.
Si la sentencia tiene un error tan grande como la titularidad, debió pedir la rectificación en su momento, si no es así, hable con su abogado,para que de oficio se subsane, porque es importante que la vivienda no sea copropiedad, dado el abuso de derecho que ahora mismo le genera a usted la situación creada por su ex-mujer y su nueva pareja.
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Si el uso de su vivienda le fue atribuido a su hija y a su mujer, ellas pueden vivir en ella con quien lo deseen. Otra cosa es que haya habido una modificación sustancial de las condiciones (que usted necesitara el piso para vivir, que la menor solicite vivir con los padres durante el mismo tiempo -en tal caso y según la edad de la menor podría volver a solicitar la custodia compartida-,...), en este caso podría plantear una modificación de medidas al juzgado.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si hay una alteración sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando fue dictada la sentencia, se puede pedir que sean modificadas, pero se tiene que probar esa alteración y tiene que ser relevante ("sustancial"). Por ello, ante la situación que comenta le aconsejamos que busque un abogado que, después de conocer todos los pormenores de su caso, le pueda asesorar sobre la viabilidad de su petición.
Buenos días
Entiendo su indignación. Se puede pedir un cambio de medidas si ha habido una variación sustancial de las circunstancias, como es el caso que usted plantea. La vivienda se atribuye a quien tiene la custodia o al más necesitado, por eso habría que leer atentamente la sentencia para determinar cuál fue el criterio de atribución.
ABOGADO DIVORCIO MARTORELL Sergi Corral Barón
Abogado de Martorell especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
Evidentemente hace falta un estudio más a fondo de las circunstancias en el momento de la sentencia y las actuales. Cabe modificación si el cambio es sustancial y podemos probarlo. Asesoramos muchos asuntos de este tipo, y es necesario estudiar bien el asunto para responder más concretamente.
Si quiere pedir un cambio de medidas respecto de los hijos debe acreditar que los ingresos de su ex, en general han aumentado y puede hacerse cargo en mejor medida de los gastos de los hijos. La cuestión sería saber hasta cuando tiene atribuida la casa? Que edad tienen los niños/el niño?
Debe presentar demanda de modificación de medida y aportar la escritura del piso y todas las pruebas de posea