Modificación o anulación de medidas
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En relación a su consulta, entendemos que lo más rápido que podría hacer sería comunicar al juzgado que ha fallecido el progenitor custodio y que usted desde entonces se está haciendo cargo de su hija teniendo por tanto la guardia y custodia absoluta. Al mismo tiempo debería comunicar a la administración a través de un escrito, de cara a cobrar la ayuda como dependiente, que se ha producido el fallecimiento del progenitor custodio.
Si necesita ayuda para realizar estas gestiones y aclarar más dudas, puede contactar con nuestro despacho a través del correo electrónico ruizballesteros@icab.cat.
ABOGADO HERENCIAS BARCELONA CASTELLANOBOLADERAS (CB) advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
Buenos días:
El fallecimiento del obligado a pagar una pensión de alimentos extingue el pago de dicha pensión. Ahora bien, de la exposición de su consulta no acabamos de entender las circunstancias de su situación, y además no nos dice la edad de su hija.
Estamos a su disposición, y si desea resolver la cuestión que plantea no dude en concertar una cita con nosotros. Estamos especializados en derecho de familia.
Atentamente
LLuis Castellano
CASTELLANOBOLADERAS (CB) advocats
www.cbadvocats.com
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
Buenas tardes, Vd al morir su ex se convierte en único progenitor y en principio no tendría que haber problema para que su hija cobrara el 100% de su dependencia. Habría que estudiar su caso concreto, ver sus ingresos y si es necesario modificar la Sentencia. Contacte con nosotros, le asesoraremos convenientemente. Saludos, Rosa Nieto, abogado de NIETO&SANZ, Abogados asociados. Nuestro mail es nietosanzabogados@gmail.com
Si su ex falleció y ahora esta sólo a su cargo, los efectos de la sentencia se anulan desde el momento del fallecimiento. Debe ir a la administración con el parte de defunción de su ex para que se regulé la nueva situación. No es necesario hacer unas nuevas medidas a no ser que sea una incapaz y haya que nombrarle un nuevo tutor.
Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Hay que poner en conocimiento del juzgado y de la administración el cambio sustancial, no es necesario interponer demanda, en este caso, si está interesado en que le realice las gestiones, póngase en contacto conmigo. Reciba un cordial saludo.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, para asesorarle convenientemente debemos ver la sentencia, y si se procede solicitar una modificación, veremos. Si lo estima oportuno contacte con nosotros, primera visita gratuita. Un saludo. www.agabogados.cat
BARCELONA - EJP ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Habría que instar una demanda de modificación de medidas, e incluso se podría solicitar medidas cautelares o provisionales mientras se resuelve el pleito principal, al objeto de poder dar solución más inmediata al asunto.
Debe ponerlo en conocimiento delJuzgado, estamos a su disposición para tramitarle la cancelación de la obligación de pasar alimenrtos a su hija. atte. Manuel Alonso e mail: penalistas@hotmail.com