Modificación de la pensión de alimentos
ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
Abogado de Torrent especializado en Derecho Penal Común
Buenos días
La modificación de medidas establecida en sentencia sólo puede modificarse cuando se produce una modificación sustancial de las condiciones que se tuvieron en cuenta en el momento del juicio, o del convenio, en su caso. Si se ha producido esa modificación, es posible que se tenga en cuenta en un nuevo proceso.
No obstante, se deben tener en cuenta las circunstancias concretas del caso, por lo que lo más recomendable es mantener una entrevista personal sin compromiso y valorar correctamente la cuestión
Quedamos a su disposición. Un saludo
Se puede solicitar el aumento de pensión si han cambiado sustancialmente las circunstancias económicas que existían cuando se acordaron las actuales. Hay que ver si las necesidades de los hijos son mayores y si los ingresos del que los abona han variado de forma significativa.
Si desea más información, comunique con este despacho en horas de visita. Un cordial saludo. Adriana Pons.
Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Por lo que deduzco de su pregunta esta sentencia no fue dictada en España, entonces aquí si las circunstancias han variados, es decir las necesidades de los menores han aumentado, y sus ingresos han mermado, si que puede pedir una modificación de medidas, no obstante debía saber mas detalle para poder darle una solución mas concreta, quedo a su disposición