Multa botellón menor

Buenas noches, me dirijo a usted para ver si puedo aclararme si podría presentar recurso por vía administrativa.
El hecho es que el día 20 de junio de 2020 me notifica mi hija menor por teléfono que la policía local de Boadilla del Monte (Madrid) les ha pillado tomando alcohol en un parque.
Me apersono en el lugar de los hechos y el agente me comunica que las menores estaban bebiendo alcohol para lo que me muestra una bolsa con una botella de vodka y otra de limón, que al parecer pertenecía a las menores pero en ese momento en el que acudieron los policías ninguna tenía nada en la mano, ni realizaron ningún test para comprobarlo.
Recogí a mi hija y volvimos a casa sin que en ningún momento el agente de policía me entregara notificación alguna al respecto.
Hoy 27 de Agosto he recibido una notificación sancionadora  por correo en casa, en la cual se acusa de ser presunto responsable a S. D. M. P. (que soy yo)en calidad de autor material de los hechos:
Hechos: consumir alcohol (vodka con Fanta de limón con una graduación superior al 1% de volumen de alcohol) en la calle....Municipio de Boadilla, y el día 20 de Julio de 2020 a la hora ... Sanción de 500€ con reducción a 300€.
Me gustaría saber si los hechos se pueden recurrir por:
1. En la notificación  recibida en casa se me sancionan como autor de los hechos a mi y en ningún momento nombrar a mi hija menor que supuestamente es la que se encontraba en esos momentos de la denuncia.
2. Que no hubo notificación alguna por escrito, a ninguno de los presentes, en el día en que la policía local intervino.
3. Que ninguna menor de las presentes tenía posesión alguna de botellas o vasos con el supuesto licor  en la mano.
4. Que hay un  error en fechas pues los hechos no fueron el 20 de Julio si no el 20 de Junio.
¿Podría bajo alguno de estos supuestos proceder al recurso por vía administrativa?
Muchas gracias.

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Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
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Buenos días, Efectivamente tal y como indica se podría presentar recurso contra dicha multa si, como indica, las menores no tenían nada en la mano o cerca. Ahora bien, en el caso de que no se desestimase dicho recurso debería pagar el importe completo de la multa, ya no podría acogerse a la reducción de la misma y, ante todo debe saber que los cuerpos de seguridad del Estado, incluida la Policia Municipal, tienen presunción de veracidad, es decir, que se entiende que todo lo manifestado por ellos es cierto y, por tanto, deberíamos probar nosotros que las menores no habían bebido en ningún momento ni les pertenecía el alcohol.
Quedamos a su disposición por si tuviera alguna duda al respecto o quisiera iniciar los trámites correspondientes,
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado