Multa en el extranjero recibida 5 años después
ABOGADO EXPROPIACIONES BARCELONA - CUCH AGUILERA LEGAL
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
Buenos días,
En primer lugar debemos indicarle que los plazos de prescripción de las multas en España son distintos a los de otro país debiendo sujetarse en este caso a la normativa Italiana.
Sin ser expertos en la normativa Italiana, podemos informarle que según el artículo 209 del codice della strada y art. 28. -Legge 24 novembre 1981, las infracciones de tráfico prescriben a los 5 años.
Por tanto, debe asegurarse que han transcurrido más de 5 años, en caso contrario la multa en principio no habría prescrito.
En caso de no estar prescrita la multa, deberían examinarse diferentes formalidades de la notificación para poder llegar a la conclusión de que la multa es ilegal.
Saludos.
ABANDA INTERNATIONAL CONSULTANTS S.L.
Abogado de Valencia especializado en Contencioso Administrativo
Sería interesante saber exactamente el período -desde el hecho del aparcamiento hasta la notificación- si suma más de cinco años o menos de cinco años.
El artículo 209 del codice della strada el derecho de exigir la multa prescribe en 5 años desde el momento de la infracción. Resulta altamente relevante la exactitud entre las fechas. No son 5 años por diferencia de numeral de años, sino computados de fecha a fecha.
Saludos. Alejandro Sanz-Bermell
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay que saber de qué forma les han notificado la multa y quién se la ha notificado para poderles decir qué pueden hacer. No obstante, es extraño que después de tantos años les comuniquen algo así y también que dicha sanción, de ser cierta, no haya prescrito. Si desean ampliarnos la información, pueden contactar con nosotros y decirnos más datos, anticipándoles que una consulta así es barata.
Buenos días,
Desconocemos el derecho italiano, no podemos ayudarle.
Saludos,
HDH ABOGADOS.