Multas de aparcamiento hechas por otra persona
Abogado Las Palmas - Adrián Mayor Valerón
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
Buenas tardes.
El procedimiento sancionador tiene unos plazos de caducidad. Pero si no se interviene en el expediente (porque no se recurre) y la Administración es diligente y no deja pasar esos plazos, es posible que termine en vía ejecutiva o de apremio, donde no hay caducidad y el expediente únicamente se cierra cuando la deuda se cobra (por pago voluntario o por embargo).
En cuanto a su segunda pregunta, según el art. 69 g) de la Ley de Tráfico el titular es responsable de las infracciones por estacionamiento salvo que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.
Por tanto, conviene que se informe de la situación del expediente y de la posibilidad de comunicar el conductor a efectos de sanción.
Un saludo.