Normativa vigente sobre arrendamiento de motocicletas

Pienso en montar un negocio de alquiler de motocicletas. Voy estudiando las leyes tales como la LOTT 16/1987 de 30 de julio con sus numerosas actualizaciones, el Orden de 20 de julio de 1995, etc. Siempre que hablan sobre el arrendamiento de vehículos sin conductor, que es mi caso, se trata de aquel de vehículos de más de tres ruedas. No he podido encontrar ningún normativo sobre las motocicletas, aunque existen varios negocios de alquiler de estas. ¿Debo utilizar los reglamentos sobre turismos? ¿O existen reglamentos especifico que no he conseguido encontrar? Les agradecería mucho su ayuda. Un cordial saludo.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Contestado

Contrato de comodato se llama lo suyo. Y está en el código civil. También se le conoce como préstamo de uso.

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