Oferta vinculante y clausula suelo del 5% b. popular
Buenas tardes. En mi opinión, absolutamente sí. Numerosas sentencias así lo están decretando todos los días. Evidentemente el banco no quiere que ningún cliente reclame judicialmente, ya que en ese caso les toca devolver lo indebidamente cobrado por aplicación de dicha cláusula, los intereses generados y las costas del procedimiento. Independientemente de que exista oferta vinculante o no, el hecho es que la cláusula es abusiva por el desequilibrio que genera entre ambas partes y por la falta de transparencia (nunca se explica, ni en Notaría, ni en el banco, aunque haya oferta vinculante). en mi opinión, todas las reclamaciones a la entidad, son inútiles, no le van a hacer caso, debe reclamar judicialmente. Quedamos a su disposición para lo que necesite como expertos en estas reclamaciones
ABOGADO ALICANTE SANTIAGO CÁMARA
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
Lo importante es analizar si es abusiva. Los tribunales entienden que es abusiva en el momento en que el cliente bancario no fue advertido e informado de forma precisa y concreta, de la existencia de la cláusula y, sobre todo de las consecuencias. No basta con insertarla en la escritura de la hipoteca sino que la información de la misma debía haberse presentado al cliente como un elemento destacado de la propia hipoteca. La oferta vinculante no cumple con esas obligaciones por lo que estimo que la citada cláusula puede ser declarada nula por los tribunales. El tema de la devolución del dinero es algo más controvertido, aunque los Tribunales están resolviendo a favor de la devolución. Podemos estudiar su caso sin compromiso. Santiago Cámara. scamara-acosta@icali.es; www.lexweb.es
Efectivamente, tal y como le indica mi compañero, puede interponer demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de lo Mercantil de su domicilio, solicitando declaración de nulidad de la cláusula y devolución de importes pagados en exceso, además de condena en costas a la entidad. Para su caso entiendo que una de las claves es ver si el importe del préstamo está por encima o por debajo de los antiguos 25 millones de pesetas, unos 152MIL € ya que si el importe es igual o inferior estarían obligados en todo caso a emitir al menos tres días antes de la firma del préstamo la correspondiente Oferta Vinculante que deberíais haber firmado.
Lo mejor es que contacte con un abogado especialista en su zona.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
Abogado Accidentes de Tráfico Valencia - Sellés Abogados
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Buenas tardes. Su caso es similar al de decenas de afectados por este tipo de cláusulas. La jurisprudencia que está recayendo al respecto sobre este tipo de cláusulas es favorable a los usuarios de la banca y se están eliminando. En el despacho llevamos varias reclamaciones de este tipo y, salvo alguna excepción, se han conseguido eliminarlas en vía judicial. Solicitar la devolución de lo que se ha pagado de más también es posible, aunque aquí varía según las circunstancias y entidades afectadas. Para ampliar información o solicitar presupuesto póngase en contacto con el despacho y le atenderemos gustosamente: www.serviciosjuridicosvalencia.com - Francisco Sellés
Sergio García Y Asociados
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Puede interponer demanda ordinaria contra Banco Popular con la petición de la eliminación de la clausula suelo , la devolución de las cantidades pagadas indebidamente y la condena en costas.
Somos un despacho que actuamos a nivel nacional especializado en Derecho bancario.
Tenemos mas de 28 asuntos de clausulas suelo actualmente en los tribunales.
Llámenos y le podremos informar personalmente.
ABOGADO ALICANTE SANTIAGO CÁMARA
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
La nulidad de la cláusula es más que factible. Ni en el caso de existir la oferta vinculante, se puede entender que usted fue informado puntualmente. La devolución del dinero es una cuestión mas controvertida. Le recomiendo que Lea este articulo que he escrito al respecto.
http://noticiasjuridicasylegales.blogspot.com.es/2014/01/clausulas-suelo-en-los-contratos.html