Orden de alejamiento a la viuda de mi padre

Hace un año y medio mi padre falleció en extrañas circunstancias cosa que no podremos saber ya que lo incineró.
El problema está que después de haber obligado a desheredar a sus hijo y quedarse todo menos la legítima se ha gastado toda la herencia (unos 85.000€).
Se fue a la Seguridad Social a reclamar más dinero de su viudedad (2 años de casados) y se entera que mi madre, ex pareja (23 años de casados) también le han concedido la viudedad y desde ese momento ha ido a abogados.
Nos llena los portales de nuestras casas y negocio de tierra de maceta (la policía local tiene las fotos), llamadas ocultas, etc. Estamos tan hartos de esta mujer que daño no le podemos hacer pero de ahí mi pregunta:
¿podríamos ponerle una orden de alejamiento?

Gracias

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jeronilliteras Advocat

jeronilliteras Advocat

Abogado de Manacor especializado en Procesal Civil

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Hola! En primer lugar, debo decirle que la orden de alejamiento es una medida que, por ser privativa de libertad, únicamente puede tomar un juez. La decisión del juez de imponer una orden de alejamiento suele motivarse en la amenaza de que se produzca un delito contra la vida, la integridad física o por motivos sexuales contra otra persona.
Lo que se pretende es proteger a la víctima y se le da un trato "protegido" por parte de Fiscalía y de la policía.
En todo caso, el primer paso es interponer una denúncia contra la persona en cuestión y en el acto de denúncia hacer constar que solicita orden de alejamiento.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Sara Gómez Abogados

Sara Gómez Abogados

Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Penal

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Buenas tardes,

Si pueden acreditar dicha situación (menciona que hay fotografías, etc.), lo primero es interponer denuncia en vía penal, haciendo constar la persona contra la que se dirige, los hechos ocurridos hasta la fecha, la mala relación previa con esta señora, etc. Y, atendiendo al riesgo que sobre su persona y negocio ejerce, solicitar la orden de alejamiento. Una vez se tramite el asunto, se acordará al respecto (sobre si procede o no concedérsela).
En cualquier caso, recordarle que la orden de alejamiento conlleva el que no pueda acercarse ni comunicarse con Ud. por ninguna vía.

Saludos

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ABOGADO PENAL MALLORCA MARTIN J.BASCUÑANA ABOGADOS

ABOGADO PENAL MALLORCA MARTIN J.BASCUÑANA ABOGADOS

Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Penal Común

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Por su puesto cabe Orden de alejamiento y denuncia por amenazas, acoso, daños en las cosas (se se hubieren dado) etc. Debería estudiarse. ESTAMOS EN AL CUDIA, le proponemos nos visite CRISTÒFOL COLOM 2 ALCUDIA, en la misma plaza Constitución. Puede mandarnos un mail para concertar entrevista a mjbascunana@me.com

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