Pago de los gastos de la comunidad: finca de dos propietarios
En primer lugar habría que averiguar su participación en la vivienda. Esto es, si es proindiviso (común a ambas) o cada una tiene un porcentaje de la misma no proindiviso. Para ello lo procedente sería pedir al Registro de la Propiedad correspondiente una nota simple en que consten estos datos, o en su caso certificación de la titularidad de dicha vivienda. Aclarado esto, Vd. podrá saber si tiene o puede actuar contra uno de lo titulares, si es proindiviso porque responden solidariamente, si así le conviniere, o si no fuera proindiviso, en función del porcentaje que ostente cada uno de los titulares será su responsabilidad frente a los gastos comunitarios. Espero haber aclarado su pregunta, no obstante si lo desea puede contactar conmigo sin ningún compromiso.
Buenos días.
Los gastos de comunidad deben ser abonados por los propietarios en el porcentaje de propiedad que tengan. En este caso si sois dos, cada uno al 50%.
No obstante, la comunidad podrá reclamar el dinero a ambos y cobrar(o embargar) indistintamente a uno u otro en caso de reclamación judicial. Esto no significa que quien haya pagado el total de la deuda o mas de la parte que le corresponde no pueda reclamar al otro propietario.
Para más detalle no dudes en contactar con este despacho en vto@vtoabogados.com. Saludos.Laura.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Sí. Es una deuda solidaria y la comunidad puede reclamar a uno el total, o al que ha pagado su mitad reclamarle el 50% no pagado.