Pago de matrícula universitaria - bonificación de familia numerosa por parte del progenitor no custodio

Buenos días,
Quería hacerles una consulta.
Mi pareja está divorciada desde hace 10 años. Conforme con la sentencia le paga a su exmujer 400€ en concepto de la manutención de sus dos hijos, ya mayores de edad. Conmigo tiene dos hijos más de 7 y 1 año. Cuando nació nuestra primera hija, es decir la tercera de mi pareja, mi pareja obtuvo el título de familia numerosa de régimen general, donde la unidad familiar está compuesta por él y sus 3 hijos (la inclusión de la 4ª hija está en trámite). Ninguna de las madres somos beneficiarias del mismo.
Mi consulta se refiere al pago de la matrícula universitaria. Por ser miembros de familia numerosa la matrícula tiene una bonificación de 50%. El importe total son 500€. Mi pareja aporta sus 50% del importe total (sin bonificación) en forma de la tarjeta de familia numerosa. Y el 50% del importe total ha de pagar la madre del alumno. Sin embargo ella dice que mi pareja tiene que pagar 125€ y ella también 125€. Eso quiere decir que mi pareja pagaría el 75% de la matrícula (el 25% en efectivo/transferencia y el 50% en forma de la bonificación) y ella sólo el 25%. No obstante la sentencia habla del pago en concepto de matrículas al 50% cada uno de los progenitores. Mi pareja le dijo que él es el beneficiario y sus hijos, no ella y que le corresponde pagar los 250€. Y que no lo va a pagar porque ya está aportando su parte en forma de la tarjeta de familia numerosa. El título de familia numerosa le ha sido concedido a mi pareja por tener hijos conmigo, no por tener aquellos anteriores. Me parece injusto lo que le exige las ex.
Además el título de régimen especial produce una bonificación del 100%. Lo tenemos solicitado. En este caso la ex debería devolverle a mi pareja el 50% de la misma porque gracias a mis hijos la matrícula se quedaría con este descuento. Pero ella no es la beneficiaria entonces ha de pagar lo que le corresponde. No tiene derecho a disfrutar de un título y sus bonificaciones que no le corresponden. Y mis hijos también tienen sus gastos.
Mi pregunta es: ¿La ley le ampara a mi pareja?
Les agradezco su respuesta.
Saludos,

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Abogado de despidos en Vigo - Fragueiro Asesores & Abogados
Contestado

Como establece la sentencia que refiere, los gastos deben ser pagados por mitad, la bonificación que su pareja pueda obtener no es una forma de pago. En caso de que se tenga que pagar algo, su pareja debe abonar el 50%.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado