Parte de baja médica contingencias común tras ser despedido
Vincit Abogados - Expertos en derecho laboral
Abogado de Valencia especializado en Derecho Laboral
Hola buenas tardes,
Deduzco de su escrito que se encuentra de baja de IT por contingencias comunes que le da la SS, pero ya está despedido, motivo por el que será el INSS quien se hará cargo. Por tanto, no deberá remitir partes de baja ni a la empresa ni a la mutua. Seguirá de baja de IT hasta que le den el alta. El cobro del subsidio se hará según sus cotizaciones y carencias según norma LGSS.
Por otro lado, lo importante aquí es Ud. debería demandar por despido y por accidente laboral, solicitando en ambos casos la indemnización que corresponda.
A tal efecto, en VINCIT Abogados quedamos a su disposición para ayudarle, contáctenos.
Un atento saludo.
VINCIT ABOGADOS
Abogado Herencias Valencia TESS Coop. Valencia
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Si estás despedido entrégaselos a la mutua ya que tu relación laboral con la empresa ha terminado pero la mutua si que mantiene su obligación ya que la baja es previa a la finalización de la relación contractual, en cuanto a la contingencia haces bien en impugnarla y acude a Inspección de Trabajo con el parte de urgencias, solicita el parte de accidente laboral (como puede que no exista) aporta tu documentación médica, sobre todo la de urgencias donde conste la causa para que inicien el correspondiente expediente.