¿Qué pasa si no pago la pensión alimenticia?
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
El impago de la pensión de alimentos no faculta a la madre para que le impida a usted cumplir su régimen de visitas.
Ahora bien, si usted incumple reiteradamente su obligación del régimen de visitas, podría facultar a la madre para interponer la correspondiente demanda de modificación del régimen de visitas por ejemplo por incumplimiento, y dado el cambio de domicilio a Francia para el caso de que dicha circunstancias no estuviere contemplada.
De igual modo, el incumplimiento sistemático de las medidas respecto de sus hijos, pudiera conllevar la suspensión de la patria potestad.
En cuanto al impago de alimentos, usted ha de saber que si impagada 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos, podría propiciar que la madre le interponga una denuncia penal que podría llevar aparejada pena privativa de libertad.
Por ello, lo aconsejable en caso de que no pueda pagar, es que usted interponga una demanda para modificar la pensión de alimentos y que se ajuste a sus ingresos económicos actuales siempre cuando hayan variado las circunstancias económicas y que por supuesto mientras tanto, es decir, mientras que subsista y esté vigente la sentencia que le imponga la obligación de pagar los alimentos ahora impagados, los pague o al menos pague lo que pueda cada mes...lo que acreditaría que NO existe voluntad obstativa o negación al pago...l
Un saludo,
Buenas tardes, lo primero es tener documentación que acredite tu residencia, situación laboral y personal. Si puedes acreditar una situación concreta no habitual hay que exponerla al juzgado y tratar de regular la situación en función de los intereses del menor y teniendo en cuenta tus circunstancias. Si no pagas la pensión puede ser un delito si tienes ingresos. Pero siempre hay que ver y acreditar las circunstancias. Un saludo.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Si no paga la pensión alimenticia pueden ejercitar una acción civil contra usted para cobrar o una acción penal si se dan los requisitos para ello, por lo que en este caso puede ser citado como investigado en un procedimiento penal; otra cosa es que ese procedimiento penal termine con una sentencia condenatoria si puede probar, llegado el caso, que no ha pagado porque no puede pagar.