¿la pensión cubre los libros y otro material escolar?

Tengo 3 hijos con mi ex, me paga una pensión de 600 euros, pero no me alcanza para pagar comida, ropa, libros y material extraescolar. ¿Cómo se computa el dinero que me tiene que pagar?.

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Ballesteros & Ruiz Abogados

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Si usted considera que con la pensión de alimentos que le paga el padre de sus hijos no le llega para alcanzar todos los gastos que tiene, y cree que este podría contribuir más por tener una mejor situación económica, usted podría presentar una demanda de modificación de medidas solicitando un aumento de esta pensión. Para ello necesitará un abogado y un procurador.
En cuanto a los gastos que refiere, lo que es ropa y comida van incluidos dentro de la pensión de alimentos; mientras que los libros y el material extraescolar se tendría que ver la sentencia para ver que se estableció en cuanto a estos.
Si estuviera interesada en solicitar un aumento de la pensión de alimentos, puede contactar con nuestro despacho profesional a través del correo electrónico ruizballesteros@icab.cat.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Ballesteros & Ruiz Abogados

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Si usted considera que con la pensión de alimentos que le paga el padre de sus hijos no le llega para alcanzar todos los gastos que tiene, y cree que este podría contribuir más por tener una mejor situación económica, se puede presentar una demanda de modificación de medidas solicitando un aumento de esta pensión. Para ello necesitará un abogado y un procurador.
En cuanto a los gastos que refiere, lo que es ropa y comida van incluidos dentro de la pensión de alimentos; mientras que los libros y el material extraescolar se tendría que ver la sentencia para ver que se estableció en cuanto a estos.
Si estuviera interesada en solicitar un aumento de la pensión de alimentos, puede contactar con nuestro despacho profesional a través del correo electrónico ruizballesteros@icab.cat.

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CMR Advocats

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Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho de Familia

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Buenos dias,

A mi entender, los libros y otro material escolar se trata de gastos extraordinarios que deberán ser pagados por mitad por ambos progenitores mediante la entrega de factura u otro justificante de pago.

Cualquier cuestión puede encontrarme en cmrodriguez@icab.cat.

Saludos,

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

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Abogado de Olesa de Montserrat

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Hace falta ver la sentencia para ver si además debe pagar gastos no suntuarios como destinsta, gafas, libros etc. estamos a su disposición. atte. Manuel Alonso

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