Plazo prescripción deuda bancaria (no hipotecaria) en cataluña

Hola. Quisiera saber el plazo de prescripción de una deuda contraída con una entidad de crédito (préstamo personal y descubierto bancario). Resido en Barcelona.
La deuda ha sido vendida a una empresa especialista en recobros, y quisiera saber si esto influye de alguna manera en el plazo de prescripción.
Nunca he recibido ninguna comunicación de reclamación de deuda de forma fehaciente, ni demanda judicial, ni del acreedor original ni del nuevo.
Ahora se ponen en contacto para llegar a un acuerdo, pero no he reconocido la deuda en ningún momento.
Muchas gracias

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Abogado de Málaga especializado en Derecho del Trabajo

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Contestado

Si en algún momento de la vida de la deuda le han mandado una carta certificada está usted notificado y se reinicia el cómputo de plazo de prescripción.

Por otro lado, la prescripción de deudas anteriores a 2.015 es de 15 años, por lo que sería de extrañar que esta deuda prescribiera.

Le recomiendo que en caso de ser deudor negocie la deuda, y si no es deudor que demanda judicialmente.

Siéntase libre de contactar con nuestros abogados y asesores, quedamos a su disposición.

Un Cordial Saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado