Plazos para anular alquiler de vivienda e iniciar el desahucio

Hola,

He alquilado mi piso y al firmar el contrato me entregaron la mensualidad en efectivo y la fianza. Dijo que la había hecho por transferencia pero no aparece ésta en la cuenta y ya hace 12 días. Tampoco se ha cambiado él como titular de los suministros (como dice el contrato) está avisado por email, whatsapp y ya por burofax.

No sé cuánto tengo que esperar para empezar el desahucio o si me interesa anular el contrato por no pagar la fianza. Pero sospecho que el papel que me dio por la transferencia es falso pues las nóminas que me presentó si lo son.

No sé si puedo cortar los suministros después de que se refleja así en el contrato el cambio y he avisado por burofax que si no lo cambia los daré de baja.

Muchas gracias

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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia

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Tiene usted dos posibilidades, además complementarias:

1) Acuda a la comisaría o al juzgado de guardia, para presentar una denuncia por estafa, ya que le han aportado documentación falsa (las nóminas, si así le consta).

2) Solicitar ya el desahucio por incumplimiento de pago de obligaciones del contrato (la fianza), o iniciar un juicio declarativo de nulidad del contrato por vicio en el consentimiento (al haber aportado información falsa). En este último caso no podrán enervar, es decir, pagar para librarse del desahucio.

Le recomiendo que antes les envíe un burofax, con acuse de recibo y certificado de contenido, donde les advierta que va a interponer acciones legales ante la jurisdicción civil, reservándose la opción de solicitar un desahucio por incumplimiento de contrato respecto al pago de la fianza y por no cambiar la titularidad de los suministros, o de solicitar la nulidad del contrato por inducción dolosa al error y vicio en el consentimiento, al haber aportado nóminas falsas; y ante la jurisdicción penal, por estafa derivada de la presentación de documentación falsa para la celebración del contrato. Deles un plazo de 10 días para contestar, y aunque en agosto no pueda iniciar la acción civil, sí podrá presentar la denuncia ante comisaría o juzgado de guardia.

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Muchas gracias, y un cordial saludo.

Jesús Corral, abogado director de ecumenadvocats.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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1.- No puede iniciar el desahucio, porque la falta de pago de la fianza no es causa de resolución de contrato. Todo lo más que puede hacer es reclamar judicialmente el pago de dicha fianza, y le saldría más caro el collar que el perro.
2.- No corte los suministros porque incurriría Ud. en un delito de coacciones.
3.- Tampoco puede desahuciar porque no haya habido un cambio en la cuenta corriente donde se cargan los suministros.

Mi recomendación es que espere a ver si le pagan las mensualidades y las facturas. Si es así, no haga nada, porque el pleito no le saldría rentable desde el punto de vista estrictamente económico.

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Abogado de Familia Las Palmas Ruano Abogados
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Buenas tardes, no tiene que esperar nada, se puede pedir el desahucio desde el primer incumplimiento ,como ya ha sucedido ,aunque se encontrará con el problema de que este tipo de asuntos en agosto no avanzan y tendra que esperar a septiembre para que salga el juicio y algo mas para poder desalojar la vivienda (la duracion depende de la localidad y el juzgado).

Por otra parte, cortar los suministros está considerado una falta de coacciones, por la que puede ser usted denunciado y condenado en via penal, por lo que no es en absoluto recomendable.

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Diaz-Plata Abogados

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Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Buenos tardes. Podrá iniciar el desahucio desde que allá un impago por parte del arrendatario. Éste podrá enervar el desahucio con el pago de la deuda, pero solo una vez, la segunda vez ya se procederá al desahucio.

No le recomendamos que corte los suministros para evitar posibles demandas. Si le llega alguna factura, remitasela para que la abone.

Si quiere concertar una consulta para darle un mejor servicio, no dude en ponerse en contacto con nosotros (diaz-plata@hotmail.es)

Reciba un cordial saludo

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Desconozco si en el contrato pone que " en este acto se hace entrega de la primera mensualidad y la fianza otorgándose la mas eficaz carta de pago" .si esa es la redacción no puede usted instar el desahucio ni reclamar la fianza y deberá esperar al primer mes que incumpla la obligacion de pago Si no es así, puede usted instar el desahucio inmediatamente. Consulte con un abogado .No puede cortar los suministros ,incurrirá en una falta de coacciones.
www.laviadaabogados.com

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Como bien le han recomendado, no es conveniente que tome medidas como el corte de suministro pues se pueden entender como una coacción, póngase cuanto antes en contacto con un abogado o despacho de su zona para que le asistan y asesoren al respecto, tras estudiar la documentación de que dispone (contrato, transferencia, etc.).

Saludos cordiales.

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