¿Podría reclamar algo?

Buenos días, mi consulta es la siguiente:

Con fecha 09/07/2013 me remiten una resolución de aprobación de una prestación por desempleo para mayores de 55 años.
El día 09/09/2015, dos años más tarde, recibo una comunicación sobre propuesta de extinción de prestaciones y percepción indebida de la misma. Debo devolver 8.500,00 euros correspondientes al periodo del 01/01/2014 al 30/08/2015, es decir, 20 meses. El motivo es que alguno de los meses (uno en concreto) la unidad familiar tuvo ingresos superiores al mínimo exigido, cosa probable ya que mi esposa tiene ingresos variables.
Una vez realizada la devolución recibo notificación de la extinción de la prestación y así ocurre durante el tiempo que continúo parado (hasta el 28/12/2015 que vuelvo a trabajar)
Al ser una prestación que conlleva cotización a la ss.ss, compruebo que, también, han desaparecido de mi vida laboral la cotización de esos 20 meses.
Hay una sentencia parcial a mi favor y un posterior recurso con fallo a favor del Servicio Público de Empleo.
Ahora que sabemos que es inconstitucional el cómputo de las rentas de la unidad familiar para acceder y cobrar dicha prestación y que fue la circunstancia que generó la devolución y extinción de mi derecho, me pregunto:
¿Hay alguna posibilidad de recuperar lo que creo, por derecho, me corresponde?

Un saludo.

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Abogado de Gijón especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes,

Efectivamente la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/2018, de 7 de junio, declaró inconstitucionales varios artículos del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, entre los que figuran los artículos que contemplan ese cómputo de las rentas de la unidad familiar. Sin embargo, la misma sentencia indica que esta nulidad no se aplicará retroactivamente (hacia atrás) a las situaciones jurídicas consolidadas, como son las que han sido resueltas por sentencia firma, como parece su caso. Por lo tanto, y sintiéndolo mucho, no podría usted reclamar.

Lexnor Servicios Jurídicos, S.L.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado