Preguntas sobre incapacidad parcial y total.

Hola,

Trabajaba de limpiadora. En diciembre, tuve lesión en el hombro por accidente laboral. Se rompió un tendón del biceps y el hombro se congeló.
Tras 7 meses de rehabilitación y una operación, me dan alta en la mutua
diciendo que ya no se puede hacer nada más.

En la Seguridad Social, me conceden una discapacidad parcial con una indemnización por parte de la mutua de 24 meses.

El movimiento de brazo que queda, es el siguiente:

- Flexión y abducción: 65 grados
- Rotación interna: Hasta glúteo
- Rotación externa: 20 grados
- Además de los dolores.

Mis preguntas son:

- Recurriendo, ¿puedo optar a una discapacidad total permanente?
- Si decido ingresar la indemnización por las 24 mensualidades, ¿pierdo el derecho a solicitar la incapacidad permanente total? ¿O se puede solicitar a los 2 años?
- Con la incapacidad parcial, ¿tengo derecho a indemnización por seguro de convenio de la empresa donde trabajaba?
- Si a los 2 años, en una revisión, se concediera la IPT, ¿se podría entonces solicitar la indemnización por seguro de convenio?

Gracias

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Contestado

Si Vd. considera que la incapacidad que padece es total y no parcial, como le han reconocido, con informes médicos particulares que avalen su opinión debe recurrir la decisión de la Seguridad Social, primero, y después ir a tribunales para obtener el reconocimiento de su grado de incapacidad. Si no lo hace así, se supone que acepta la que la Seguridad Social le ha concedido, y no podrá reclamar otra superior, salvo que demuestre que ha habido un empeoramiento de su situación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado