¿A qué tengo que hacer frente tras un divorcio?

¿Qué posibilidades tengo de obtener la custodia compartida de mi hijo menor en el caso de que mi mujer no quiera? Si no es así, ¿ella se quedaría con el piso y con cuánta pensión?

No estamos casados. El niño tiene 2 años. El piso es de mi propiedad y actualmente la madre no tiene ingresos por lo que corro con todos los gastos de la familia.
Debido a mi trabajo, dispongo de mucho tiempo libre por lo que he colaborado y colaboro activamente en el cuidado de la pequeña.
¿Sería viable obtener la custodia compartida?¿Que probabilidades de éxito tendría?

Si no fuera posible, para el cálculo de la pensión he visto las tablas publicadas en el portal poder judicial, (salen 430 euros) pero son orientativas y no tienen en cuenta gastos extraordinarios ni de vivienda (entiendo que quedándose el piso no habría que aportar más por vivienda).
El caso es que si no estoy equivocado, en el caso de la custodia fuera para ella, me quedaría sin piso, tendría que pagar una parte importante en pensión de alimentos, gastos extraordinarios, gastos del piso que ella no puede pagar y que corresponde al propietario y no sé si me quedaría a mi algo para poder vivir de forma digna.

¿Pueden ayudarme?

Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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La custodia compartida de un niño de dos años resulta complicada, pero no imposible.
La cuantía de la pensión depende de las posibilidades económicas de los dos progenitores, teniendo en cuenta que si la madre ahora no trabaja se consideraría su capacitación profesional y experiencia, y que el hecho de que ella se quedara con el uso del piso de usted supondría que usted aporta por esa vía ya una parte importante a la manutención de su hijo.
Efectivamente las tablas del poder judicial hay que adaptarlas a cada caso en función de las circunstancias particulares.
Su pregunta resulta muy compleja para poderle dar una respuesta concreta por internet. Le sugiero que pida cita con un abogado de su confianza o de su zona.
Un saludo y mucha suerte.
Eduardo Llarena
Travesía Dos de Mayo nº 11,
Móstoles
www.asistencialegal.net

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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En principio la custodia compartida todavía no está muy extendida. No obstante, teniendo tiempo libre, se puede solicitar y posiblemente conseguir.
En cuanto a la vivienda lo habitual es que su uso, no su propiedad, se asigne al progenitor que tenga la custodia, lo cual no quiere decir que pierda la propiedad de la vivienda, en el supuesto de que su uso se le adjudique a su hija menor, bajo la guarda y custodia de la madre.
Las pensión de alimentos, está un poco en función de sus ingresos, ya que no se puede quedar en la indigencia.
Por todo lo anterior, mi consejo es que se ponga en manos de un Abogado, para intentar firmar un convenio regulador en el que se recojan todas las circunstancias de la separación, pactando la pensión de alimentos, etc., con el fin de evitar alguna sorpresa en el supuesto de que se acuda a un procedimiento judicial.
Estamos a su disposición para cualquier aclaración que necesite.
Un saludo

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Debe ponerse en manos de un profesional que analice su situación en profundidad. Por lo que comenta (disponibilidad de tiempo), tiene Vd. posibilidades de que le den la custodia compartida. Pero ésta es una posibilidad que todavía no está extendida. En cualquier caso, sepa que el progenitor custodio (es decir, el que se queda con la menor) se queda en la vivienda familiar, cierto, pero eso no significa que se quede con la propiedad del piso. Si es suyo, seguirá siéndolo. Por otra parte, tendría que pasar, al menos una pensión de alimentos para la hija. Ahora bien, la pensión de alimentos nunca puede dejar al alimentista en situación de quiebra económica.

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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

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Dada la corta edad del niño es difícil que pueda conseguir custodia compartida pero no imposible. De quedarse la madre con la custodia tendría que abonarle una pensión por alimentos y el cincuenta por ciento de los gastos extraordinarios del niño como gastos médicos sanitarios no cubiertos por la seguridad social, gastos de libros y material escolar...etc. No tendría que abonar nada de la vivienda que se deriven del uso y disfrute diario pero si tendría que abonar los demás gastos como I.B.I. ... No obstante el piso seguirá siendo propiedad suyo.

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