Prendas caidas en el patio de luces

¿El usufructuario del patio (bajo) de luces tiene la obligación de devolver las prendas caídas en él, custodiándolas hasta ser recogidas, o se puede negar?
Gracias.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Contestado

El sabe que las prendas no son suyas, sino las devuelve, y el valor de las mismas, supera los 400 euros, puede, presuntamente, cometer un delito de hurto. Si los tendederos están legalmente instalados no debe poner obstáculos a la devolución de las prendas que caigan sobure la terraza del patio de luces, que presumo que debe ser un elemento común de la Comunidad de Propietarios, y que el susufrutruario solo debe tener el uso eclusivo y excluyente de su utilización, pero el suelo del mismo, entiendo que, presuntamente, debe pertener a toda la Comunidad de Propietario.

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